Lunes 24 de Noviembre de 2025

24 de noviembre de 2025

Quiénes pueden cobrar el aguinaldo de diciembre 2025

La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario deberá abonarse antes del 24 de diciembre según la normativa vigente, beneficiando a formales del sector público, privado, régimen de casas particulares y sistema previsional argentino

>El Desde su instauración en 1945, protege el poder adquisitivo de empleados y El grupo de beneficiarios incluye a todos los empleados formales bajo relación de dependencia, tanto del sector privado como público, trabajadores agrarios y personal del Régimen de Casas Particulares. La Ley de Contrato de Trabajo establece que la obligación abarca a quienes estén vinculados por tiempo indeterminado, plazo fijo, tareas eventuales o contratos de temporada.

La normativa también alcanza a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Para este grupo, el beneficio se denomina Prestación Anual Complementaria y responde a los mismos criterios de cálculo y plazos que para los empleados activos. Este mecanismo protege a los sectores vulnerables ante subas estacionales de gasto, garantizando equidad y extensión de derechos.

El cálculo del aguinaldo parte de una regla sencilla: cada empleador debe pagar el 50% del salario mensual más alto percibido por el trabajador durante el semestre correspondiente. Este monto incluye todos los conceptos remunerativos: básico, horas extras, comisiones y adicionales sujetos a aportes y contribuciones.

El calendario legal fija el límite para el pago del aguinaldo de diciembre conforme la Ley de Contrato de Trabajo y disposiciones complementarias. En 2025, la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario debe abonarse a más tardar el 18 de diciembre. Se otorga un margen adicional de hasta cuatro días hábiles para concretar la transferencia, considerando eventuales demoras administrativas o bancarias. Así, la fecha tope para acreditar el aguinaldo en las cuentas de las personas trabajadoras será el 24 de diciembre de 2025.

Este esquema se aplica también a jubilados y pensionados del sistema previsional argentino, quienes perciben el pago en las mismas fechas estipuladas para el calendario general. El cumplimiento estricto de los plazos procura evitar conflictos y asegurar que los beneficiarios y sus familias dispongan de estos fondos esenciales para afrontar los gastos extraordinarios de fin de año.

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