Martes 28 de Julio de 2026

1 de agosto de 2025

La Justicia italiana definió los alcances del derecho de sangre tras la reforma de la ley: cómo beneficia a los argentinos

En respuesta a un planteo de un bisnieto, el máximo tribunal italiano avaló que quienes no cumplen con los nuevos requisitos puedan acceder a la ciudadanía por vía judicial, lo que sienta una jurisprudencia que podría ampliarse

>La Corte Constitucional de El centro del debate gira en torno a la eliminación de la transmisión automática de la ciudadanía más allá de los nietos de italianos nacidos en Italia. Según el texto de la Ley 74, aprobada por el Parlamento con 137 votos a favor, 83 en contra y 2 abstenciones, solo los hijos y nietos de italianos nacidos en territorio italiano pueden realizar el trámite de ciudadanía por vía administrativa, es decir, a través de los consulados. Para las generaciones siguientes, como los bisnietos, la posibilidad quedó directamente excluida, salvo que uno de sus padres haya residido al menos dos años consecutivos en Italia antes de su nacimiento.

Sin embargo, a pesar de las restricciones ya vigentes, la Corte Constitucional tomó una postura que vuelve a abrir una ventana para los excluidos. En una sentencia reciente —que no invalida la Ley 74 ni la reforma aprobada— los magistrados se pronunciaron sobre la constitucionalidad del límite generacional impuesto por la nueva normativa. Lo hicieron al evaluar un caso particular presentado por un bisnieto de italiano, cuyo pedido de ciudadanía había sido rechazado en función de los nuevos criterios.

La clave del fallo es que, si bien no revoca la ley aprobada, deja asentado que la legislación anterior —la Ley 91 de 1992, que reconocía el derecho de sangre sin límite generacional— no era inconstitucional. Esta apreciación, aunque indirecta, tiene efectos inmediatos en otros casos similares.

La discusión sobre la validez del decreto que dio origen a la Ley 74 no terminó allí. A finales de junio, un juez de Torino aceptó avanzar con un recurso que considera inconstitucional el nuevo régimen, dando inicio al proceso para que la Corte se pronuncie formalmente sobre el conjunto de la norma. Entre los cuestionamientos que se plantearon se encuentran la aplicación retroactiva, la discriminación por lugar de nacimiento y un procedimiento legislativo acelerado, calificado por los especialistas como inapropiado para una cuestión de esta relevancia civil.

Mientras tanto, el gobierno italiano justificó los cambios al sostener que un alto número de personas en el extranjero tramitaban la ciudadanía únicamente para obtener los beneficios de un pasaporte europeo. Según datos oficiales, cerca de un millón de ciudadanos italianos residen en la Argentina, muchos de ellos descendientes directos de la emigración masiva del siglo XX.

El fallo más reciente de la Corte Constitucional no representa un cambio inmediato en la normativa, pero fue recibido como una señal clara de que el reconocimiento judicial de la ciudadanía por descendencia más allá del límite generacional aún es posible. Aunque no hay modificaciones legislativas concretas, el escenario judicial podría comenzar a inclinarse a favor de quienes buscan el reconocimiento de sus derechos como descendientes de italianos nacidos fuera del país.

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