Lunes 27 de Julio de 2026

16 de septiembre de 2025

Prepagas: los afiliados podrán disponer de los excedentes de sus aportes y usarlos para pagar cuotas más bajas

El Gobierno dará de baja una resolución de la gestión de Alberto Fernández que impedía ese uso. Los principales perjudicados son unos 1,8 millones de empleados en relación de dependencia a los que les retuvieron durante casi dos años un estimado de $180.000 millones, según fuentes oficiales

>El Gobierno decidió que los afiliados de servicios de medicina prepaga podrán disponer y usar los excedentes de las derivaciones de sus aportes.

Dicho artículo establece que el excedente de aportes y contribuciones pertenecen de las empresas y no a los afiliados.

Y ejemplificaron el actual contexto de esa manera: si un afiliado tiene de aportes y contribuciones por $100 y su plan sale $80, esa diferencia debería computar a favor, pero se lo queda la empresa.

Los principales perjudicados son empleados en relación de dependencia. Según se calcula, unas 1,8 millones de personas a las que les retuvieron durante casi dos años –y de manera indebida, según las autoridades– una cifra estimada que alcanzaría los $180.000 millones.

Otro cambio que se instrumentará es que las prepagas deberán discriminar en la factura cuánto recibe cada persona de subsidios automáticos para “las empresas no tengan dudas de que ese dinero es de cada afiliado”.

La modificación de 2023 generó dolores de cabeza en más de un afiliado en relación de dependencia, que reclamaban por aportes excedentes que quedan “colgados”, sin uso, y que, además, aseguran, terminan hoy en las arcas de las prepagas.

Hasta el momento, la desregulación del sector no es plena, pero hubo cambios muy importantes, después de una fuerte tensión entre el sector y el Gobierno, post devaluación del comienzo del gobierno de Javier Milei. Hay aumentos mensuales que siguen la inflación –aunque también se consensuan con las autoridades– y existe la opción de saltear la intermediación de las obras sociales sindicales que estaba siempre entre los afiliados y las prepagas.

La Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la Resolución 2400/2023, publicada en el final de la gestión de Alberto Fernández, aprobó las cláusulas mínimas que deben contener los contratos de las empresas de medicina prepaga. Allí se definió expresamente qué ocurre con los aportes y contribuciones de la seguridad social que se derivan hacia el pago de una cuota de prepaga. El punto central está en la cláusula 12 del Anexo, “Derivación de aportes y contribuciones de la Seguridad Social”, que aclara el alcance de estos fondos y las limitaciones sobre su uso.

La única alternativa que deja abierta la regulación es que ese excedente se utilice para cambiar de plan dentro de la misma entidad. Sin embargo, esta opción tiene una condición: al pasar a un plan superior, el afiliado debe permanecer en él al menos durante 12 meses. Ese plazo genera un problema cuando el excedente surge de ingresos extraordinarios y temporales, como un aguinaldo o un bono. El afiliado puede verse forzado a sostener una cuota más alta durante un año, aunque al mes siguiente ya no disponga de esos recursos adicionales.

Los puntos centrales de cuestionada la Clausula 12

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