Sábado 25 de Julio de 2026

11 de noviembre de 2025

Tiempos máximos de vuelo y descansos: qué definió el Gobierno para los pilotos

Se establecieron las directrices técnicas e interpretativas para la implementación del Decreto N° 378/2025, que cambió el Código Aeronáutico

>El Gobierno determinó como será la aplicación del régimen de tiempos de vuelo y descanso delEn detalle, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó la Resolución 812/2025, que establece las directrices técnicas e interpretativas para la implementación del Decreto 378/2025.

Cabe recordar que este último fijó nuevos parámetros operativos para el personal aeronáutico, “con el fin de garantizar condiciones adecuadas de descanso y alerta en las operaciones aéreas, en línea con las mejores prácticas y estándares internacionales”, asegura la ANAC.

Asimismo, “se aprueban directrices técnicas que actúan como guía para la interpretación y aplicación del régimen, aportando claridad sobre la responsabilidad de los explotadores con relación a tiempos de servicio, períodos de descanso y programación de tripulaciones. Estas herramientas buscan brindar mayor previsibilidad a las operaciones y favorecer una implementación homogénea en toda la industria”, sostuvieron.

Además, la nueva normativa de la ANAC introduce disposiciones específicas para las operaciones de trabajo aéreo, a través de la aprobación de las “Reglas de Aplicación del Sistema de Gestión de Riesgo Asociado a la Fatiga para Aquellos Explotadores que Opten por su Implementación”.

Este reglamento fija, de manera general, los requisitos mínimos que deberán cumplir los operadores que decidan adoptar un sistema propio de gestión de la fatiga, con el objetivo de garantizar niveles adecuados de seguridad acordes con las características particulares de cada tipo de operación.

De este modo, “ANAC da un nuevo paso en el fortalecimiento del sistema aeronáutico nacional y la consolidación de un marco normativo moderno, coherente y alineado con las mejores prácticas internacionales. Con esta medida, reafirma su compromiso con la seguridad operacional, la protección de las tripulaciones y la eficiencia en las operaciones aéreas”, indican las fuentes oficiales.

Es importante recordar que la nueva normativa en cuestión, lanzada en junio pasado, ha sido ampliamente rechazada por los gremios aeronáuticos en los últimos meses, lo que derivó en asambleas y paros.

“Este decreto compromete directamente la seguridad operacional, al pretender modificar de manera unilateral reglas y condiciones que afectan seriamente los tiempos de servicio y los tiempos de descanso de nuestra profesión”, habían afirmado desde Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA).

Este martes dijeron en un comunicado: “Recordamos que este tema ha sido motivo de dos medidas de fuerza de nuestro sindicato, tras las cuales se dictó la conciliación obligatoria oportunamente y nos llevó a una instancia de negociación que hoy rompen de manera intempestiva, avanzando de manera inconsulta, quebrando los compromisos asumidos y agravando el nivel de conflictividad existente”.

“Por lo expresado, ya hemos presentado una medida cautelar ante el Juzgado del Trabajo N.° 42 y nos encontramos a la espera de la resolución judicial, confiando en que la justicia ponga límite a este accionar arbitrario >“En consecuencia, nuestro plan de acciones gremiales continuará según lo planificado, en defensa de nuestros derechos, de las condiciones laborales y de la seguridad operacional”, concluyeron.

Puntualmente, elEl decreto introdujo nuevas reglas que definen cuánto puede durar un servicio de vuelo, según cuántos pilotos haya a bordo y qué comodidades tengan para descansar:

Si hay 3 pilotos

    Si hay 4 pilotos

      En el caso de los tripulantes de cabina

        A su vez, se redujo el tiempo de vacaciones para los pilotos:

          Por otra parte, aumentaron las horas máximas de vuelo anuales:

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