Viernes 24 de Julio de 2026

20 de enero de 2026

Modificaron los requisitos para acceder al Certificado de Seguridad Vehicular

Establecieron nuevos procedimientos y un modelo actualizado de informe técnico, que será un requisito indispensable para quienes busquen registrar o habilitar la circulación de vehículos bajo diferentes regímenes

>La Agencia Nacional de Seguridad Vial modificó las reglas para obtener el La disposición, firmada por el director ejecutivo Uno de los cambios centrales es la adopción de un nuevo modelo de Informe Técnico. Este certifica que el vehículo cumple con todas las condiciones de seguridad y ambientales exigidas por la ley antes de recibir el CSV. Solo podrán elaborarlo talleres de revisión técnica, concesionarios, importadores que estén inscriptos y acreditados, o bien ingenieros con matrícula vigente y competencia en seguridad vehicular. Estos profesionales deberán firmar el informe “en concepto de declaración jurada”, lo que significa que ponen bajo su responsabilidad la veracidad de los datos técnicos presentados.

La medida reemplaza artículos de disposiciones anteriores de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, para dejar en claro que el trámite del CSV queda sostenido por este nuevo procedimiento y modelos de informe técnico. El documento detalla que el modelo a utilizar está publicado como anexo en la web del Boletín Oficial y del organismo.

La actualización normativa responde, según el texto, a la necesidad de “simplificar y agilizar los procedimientos para acreditar el cumplimiento de las obligaciones” sobre seguridad y emisiones, con el objetivo de “una rápida y mejor gestión de la administración pública”. Las autoridades buscan evitar trámites innecesarios y unificar criterios para todos los vehículos que requieran ser registrados o habilitados para circular.

La aprobación de esta medida contó con el visto bueno de varias áreas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, así como las secretarías de Transporte, Industria y Comercio —ambas dependientes del Ministerio de Economía— y la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes. Además, el área jurídica del organismo intervino para validar los cambios.

La medida se encuadra en la Ley 26.363, que creó la agencia como organismo descentralizado, y en varias normas anteriores que regulan el parque automotor argentino. Se aclara que, por el momento, también se aceptan vehículos que hayan sido regularizados bajo condiciones especiales, siempre que se cumplan los requisitos técnicos y la revisión esté hecha por los actores autorizados.

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