Viernes 24 de Julio de 2026

PROVINCIALES

26 de enero de 2026

Más de 100.000 adhesiones a Mi Boleta Digital y 96.000 al débito automático acompañan la transformación digital de API

Con el fin de reducir trámites burocráticos y simplificar el pago a los contribuyentes, API digitalizó y simplificó trámites que pueden realizarse desde la web. Desde junio del 2024 las boletas de Inmobiliario y Patente son 100 % digitales, y a partir del 2025 ya pueden abonarse con cualquier billetera digital. La modernización permitió, en un hecho inédito en el país, la devolución de Saldos a Favor entre dos jurisdicciones, Santa Fe y CABA.

La Administración Provincial de Impuestos (API), se sumó a la amplia transformación digital que atraviesa el Gobierno de la Provincia de Santa Fe. El Gobierno Provincial, a través del organismo, tomó la decisión a partir de junio del 2024 de digitalizar todas las boletas de Impuesto Inmobiliario y Patente Automotor, eliminando la boleta papel, reduciendo costos innecesarios y permitiendo un avance tecnológico que culminó en el 2025 con la posibilidad de abonar esos impuestos con cualquier billetera digital, gracias a la implementación del código Qr interoperable. 

El trámite digital no solamente incluye la descarga y el pago de las boletas; también pueden realizarse la liquidación de deudas, el pago total anual o consultar ingresando a través de tu ID ciudadana, todas las partidas y patentes vinculados a tu nombre. En el 2025, se realizaron 873.624 pagos anuales, aprovechando el 35% de descuento.
Del total de contribuyentes que optaron por este pago, 310.837 lo hicieron para abonar la patente, mientras que 562.787 lo hicieron para saldar el año del impuesto inmobiliario. Estos números marcan un aumento en la cantidad de santafesinos que eligieron esta forma de pago del 25 % para el inmobiliario y del 31 % para la patente, en comparación con el 2024.
Estas acciones se suman a las ya disponible como la adhesión a “Mi Boleta Digital”, para recibir todos los meses por mail la boleta; hasta diciembre de este año, las adhesiones alcanzaban las 109.005, correspondiendo 47.360 a la patente única de vehículos y 61.645 a partidas inmobiliarias.
Vía web también se puede solicitar la adhesión al débito automático para sumar el beneficio del descuento mensual. A la fecha, son 96.790 contribuyentes que optaron por esto, habiéndolo solicitado 47.109 para Patente y 49.681 para Inmobiliario.
Para acceder a los créditos fiscales otorgados a los sectores de comercio, hoteles y servicio de alojamiento, y transporte de carga y pasajeros, de los cuales pueden descontar lo abonado de inmobiliario o patente (respectivamente) del pago de ingresos brutos, se habilitó en la web la posibilidad de hacerlo on line bajo el título “Beneficio Artículo 30 Ley 14386”.

Modernización e innovación
La combinación de modernización e innovación permitió avanzar en medidas históricas y largamente reclamadas por los sectores productivos, como la devolución de Saldos a Favor (SAF) en el impuesto sobre los Ingresos Brutos. En 2025 se implementó un trámite web (directamente desde el box en santafe.gov.ar/api) que permite a las empresas solicitar la devolución de sus SAF, obteniendo el reintegro directamente en la CBU declarada. 
Esta acción fue el inicio de otro hecho histórico. A partir de 2026 -y gracias a un acuerdo entre Santa Fe y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- se implementa el Procedimiento de Imputación Recíproca Interjurisdiccional (PIRI), mediante el cual los contribuyentes de ambas jurisdicciones podrán solicitar los saldos a favor en el impuesto sobre los ingresos brutos, para su imputación para el pago en la otra jurisdicción.

Otros trámites
Durante el 2024, además de los mencionados, se implementaron también los siguientes trámites web:
* Impuesto Inmobiliario devolución del Pago Total Anual 2022 y 2023 partidas en desastre agropecuario.
* Impuesto sobre los Ingresos Brutos trámites on line de Exenciones.
* Trámite de “Transferencia ” Patente automotor, a través de Formulario 1057 Web.
Y en el 2025, se sumaron a lo anterior:
* Crédito Fiscal por lo abonado en Inmobiliario y Patente a cuenta de Ingresos Brutos “Beneficio artículo 30 de la Ley 14386”.
* Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Declaración de Facturación – Beneficio Artículo 28 de la Ley 14386.

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