Jueves 23 de Julio de 2026

12 de febrero de 2026

Cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral y qué pasará con las indemnizaciones, según el proyecto

La iniciativa introduce una nueva forma en que se financiarán los montos a pagar por los empleadores una vez finalizada la relación laboral

>La El principal objetivo del Fondo es asistir a los empleadores privados en el cumplimiento del pago de indemnizaciones y otras obligaciones laborales establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo, incluyendo las contempladas en la Ley del Régimen de Trabajo Agrario.

El FAL estará disponible únicamente para trabajadores registrados con al menos doce meses de antigüedad. Quedarán excluidos los empleados no registrados y los regímenes laborales específicos como los de la construcción y personal de casas particulares.

Es importante mencionar que no funcionará como un seguro de desempleo. Solo se pueden utilizar los fondos para indemnizaciones por despido sin causa, mutuo acuerdo de desvinculación y muerte del trabajador.

La administración de los fondos estará a cargo de entidades privadas autorizadas, sin que el Estado Nacional asuma responsabilidad alguna por la disponibilidad o suficiencia de los fondos.

Estos porcentajes podrán incrementarse, hasta 1,5% para grandes empresas y 3% para MiPyMEs, si así lo dispone el Poder Ejecutivo con aprobación del Congreso.

Además de las contribuciones obligatorias, el Fondo podrá recibir aportes voluntarios, donaciones y los ingresos derivados de inversiones realizadas por las entidades administradoras.

El empleador que demuestre que el saldo acumulado en su cuenta cubre las posibles contingencias podrá solicitar la suspensión de las contribuciones mensuales.

Cuando se presente una obligación de pago, el empleador deberá comunicarlo a la entidad administradora mediante una Declaración Jurada con los datos del trabajador y la liquidación correspondiente.

El régimen no modifica el esquema indemnizatorio vigente ni sustituye las obligaciones de los empleadores, quienes siguen siendo responsables de los pagos aunque el saldo del Fondo resulte insuficiente. Tampoco afecta los derechos de los trabajadores a reclamar sus créditos laborales por la vía judicial.

Como contracara, el diputado nacional y exdirector de Aduanas, Guillermo Michel, calculó que esto implicaría un Vale recordar que el Gobierno ya había habilitado los fondos de cese, el sistema que se utiliza en el sector de la construcción. A pesar de contar con un marco legal y operativo, el mecanismo no logró mostrar avances concretos ni generar interés entre los actores que podrían implementarlo: sindicatos y empresas.

Por su parte, el sector empresarial señalaba que ya contaba con provisiones para despidos previstos y cuestionaba la viabilidad del fondo, que solo resultaría beneficioso para sectores con alta rotación laboral.

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