Miércoles 22 de Julio de 2026

1 de abril de 2026

Jubilaciones, pensiones y asignaciones: de cuánto será la mínima este mes

Las resoluciones fueron publicadas hoy en el Boletín Oficial. Estos valores se suman al bono extraordinario, que fue confirmado a principios de semana

El Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento para los jubilados, pensionados y beneficiarios de las asignaciones sociales.

La meddia se hizo efectiva mendiante la publicación de las resoluciones 74/2026 y 79/2026 en el Boletín Oficial. De esta manera, el haber mínimo garantizado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) será de $380.319,31, mientras que el haber máximo alcanzará los $2.559.188,80.

La actualización de estos valores fue dispuesta conforme a lo establecido en la Ley N° 26.417 y el Decreto N° 274/24, y toma como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El último dato de la inflación fue del 2.9%.

Las bases imponibles mínima y máxima para el período devengado abril de 2026, utilizadas para el cálculo de aportes y contribuciones, serán de $128.091,45 y $4.162.912,57, respectivamente. Además, el monto de la Prestación Básica Universal (PBU) se fijó en $173.978,72, y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $304.255,45.

A estos montos, hay que sumarle el bono extraordinario que otorga el Gobierno para compensar el desfasaje de los valores con el avance de la inflación. De hecho, el pago de abril fue confirmado este lunes. De esta manera, la mínima alcanzará los $450.319,31.

Por su parte, las asignaciones familiares previstas por la Ley N° 24.714, junto con los límites y rangos de ingresos del grupo familiar, tendrán un incremento del 2,90 % a partir de abril de 2026, según la Resolución 79/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Este porcentaje se aplicará a los valores vigentes según los anexos de la Resolución N° RESOL-2026-55-ANSES-ANSES, con excepción de las asignaciones detalladas en los incisos d) y e) del artículo 6° de la ley, según se informó.

Los nuevos límites, rangos y montos aplicables desde abril de 2026 serán de aplicación tanto para hechos generadores como para liquidaciones que se produzcan a partir de ese mes. Si del cálculo surgen valores con decimales, se utilizará el redondeo al entero siguiente.

A partir de este ajuste, quedarán excluidos de las asignaciones familiares los grupos familiares en los que uno de sus integrantes perciba un ingreso superior a $2.801.551, aunque la suma total de ingresos del grupo no supere el máximo establecido en los anexos de la resolución. Este límite responde a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 1667/12.

Para los conceptos de maternidad, el monto se calcula en función de la remuneración bruta, sin tope de IGF. Los valores para nacimiento, adopción y matrimonio serán de $79.660, $476.268 y $119.275 respectivamente, para IGF de hasta $5.603.102, con iguales cifras en todo el país.

Las asignaciones por prenatal e hijo presentan montos variables de acuerdo al IGF y la zona de residencia. En el Valor General, los importes decrecen a medida que aumenta el IGF, mientras que en las zonas 1, 2, 3 y 4, los valores pueden ser superiores, especialmente para la ayuda escolar anual. Para hijo con discapacidad, los montos son más altos y también se ajustan según IGF y zona, de acuerdo con el detalle del Anexo I.

La ayuda escolar anual también se diferencia por zona: $55.672 como valor general, y montos mayores en zonas del sur del país como La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

Quienes perciban la prestación por desempleo contarán con los mismos montos para nacimiento, adopción y matrimonio. Para prenatal e hijo, los valores varían según el IGF: $68.341 (hasta $1.058.088), $46.099 (entre $1.058.088,01 y $1.551.789), $27.883 (entre $1.551.789,01 y $1.791.592) y $14.386 (entre $1.791.592,01 y $5.603.102). Para hijo con discapacidad, los montos son $222.511, $157.412 y $99.347, según el tramo de IGF. La ayuda escolar anual es de $55.672 para todos los tramos, también aplicable a hijos con discapacidad.

Las asignaciones familiares para veteranos de la Guerra del Atlántico Sur mantienen los mismos valores para nacimiento, adopción y matrimonio, y presentan montos diferenciados según IGF y zona para prenatal, hijo y discapacidad. La ayuda escolar anual varía entre $55.672 (valor general) y $74.257 (zona 1, provincias del sur y el Partido de Patagones), según los anexos IV y V.

Los importes para cada prestación se ajustan conforme a la movilidad del 2,90 % establecida por ANSES para abril de 2026, según lo informado en los documentos importados por el sistema GEDO.

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