17 de julio de 2024
Moratoria AFIP: cómo aprovechar los beneficios para regularizar deudas pendientes de pymes o monotributistas
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Las condiciones de pagos y la cantidad de cuotas variará según la situación de cada contribuyente y el momento en que se haga la adhesión
Según AFIP, los contribuyentes podrán incluir en el plan de regularización las obligaciones en discusión administrativa o contencioso administrativa, las causas en trámite judicial y las prescriptas.
Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:
b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.
En ese caso, la división se hará de la siguiente manera:- Para poder ingresar a la moratoria los contribuyentes deberán cumplir con tres requisitos fundamentales:
● Deberán declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorros de la que se debitarán las cuotas para la cancelación de cada una de las cuotas, en el servicio “web” denominado “Declaración de CBU.
Para ingresar a la moratoria los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” disponible en www.afip.gob.ar, opción “Ley N° 27.743 - Regularización Excepcional”. Luego, se deberán seguir los siguientes pasos:
- El importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000. Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.