5 de diciembre de 2024
Un fallo de Cámara le dio la razón a la AFA y suspendió las Sociedades Anónimas Deportivas que impulsa el gobierno de Milei
La decisión la tomó el tribunal de alza de San Martín, ante la medida cautelar que había presentado la entidad que preside Claudio “Chiqui” Tapia contra el decreto 70 que permitía el ingreso de capitales a los clubes
La disputa por las SAD y el establecimiento de las reglas del mercado en el fútbol es una de las principales peleas que planteó Milei desde su llegada a la Presidencia de la Nación. De hecho, hace solo cuatro días, después de la coronación de Botafogo como campeón de la Copa Libertadores de América, el presidente publicó un posteo en la red X con la frase “y si debatimos las SAD?”, y el cuadro con los últimos ganadores del certamen continental, que son gerenciados por empresas privadas.
La resolución fue firmada por los jueces de Cámara Marcelo Darío Fernández, Marcos Moran, y Juan Pablo Salas, junto con el secretario Matías José Sac. El fallo surge tras un recurso de apelación del Estado Nacional en contra de una medida anterior que otorgaba a la AFA la suspensión cautelar de los efectos del decreto mencionado, el cual intentaba imponer cambios en la estructura jurídica de las asociaciones deportivas, al permitir la afiliación obligatoria de sociedades anónimas.Según los jueces, el motivo de la suspensión se basa en que la normativa impugnada por la AFA altera negativamente la autonomía de las asociaciones deportivas, que son entidades sin fines de lucro, al obligarlas a aceptar afiliaciones de sociedades anónimas, lo que perjudica su funcionamiento autónomo. Los jueces de cámara fundamentaron su decisión argumentando que existe un “estado de necesidad” en el que las entidades sufren un perjuicio de imposible reparación posterior debido a los cambios propuestos por el DNU 70/2023.La AFA planteó que los artículos en cuestión afectan directamente el derecho de libre asociación, forzando a las organizaciones deportivas a aceptar afiliaciones de sociedades anónimas, algo que va en contra de sus estatutos y estructura organizativa tradicional. El tribunal, al analizar los argumentos presentados por la AFA, coincidió en que la urgencia y necesidad justificadas en el DNU no se verifican y que las modificaciones propuestas no son urgentes, ni responden a una situación de emergencia que requeriría una actuación legislativa inmediata.Uno de los argumentos clave del tribunal es que las modificaciones suponen una alteración de los derechos de las asociaciones deportivas para determinar de manera libre y autónoma su composición y funcionamiento, basados en las asociaciones civiles sin fines de lucro. Los jueces concluyeron que la medida cautelar es necesaria para proteger los derechos de estas entidades durante el proceso judicial y hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo.
En conclusión, la Cámara Federal de San Martín decidió respaldar la suspensión de los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, respondiendo así al reclamo de la AFA por mantener su autonomía organizativa en las modalidades del deporte que regula, abarcando selecciones nacionales y campeonatos oficiales en Argentina.